MASCOTAS
Por: Alexandra Méndez • Colombia.com

País europeo prohibió la venta de mascotas: la multa por incumplimiento supera los 200 millones

Conoce el país que prohibió la venta de mascotas: la multa supera los 200 millones de pesos. Foto: Shutterstock

La norma impide la comercialización de perros, gatos y hurones.

El comercio de mascotas es un tema bastante controversial. Muchas organizaciones a nivel mundial han luchado durante años por su prohibición; sin embargo, en la mayoría de los países no existe regulación al respecto.

De acuerdo con las asociaciones protectoras de animales, existen muchas razones por las cuales se debe prohibir la comercialización de mascotas, entre las que están: el maltrato y las malas condiciones de tenencia en los criaderos, la sobrepoblación animal y el abandono. 

Por otro lado, se destaca el comercio ilegal de especies exóticas, que representa un peligro para la fauna; los problemas de salud que pueden desarrollar los animales de criadero y el derecho de los animales a no ser tratados como mercancía. 

Por fortuna, varios países han comenzado a tomar conciencia al respecto tomando acciones y decisiones concretas. Uno de estos es España, que en fechas recientes estipuló una norma que prohíbe la venta de mascotas.

Se trata de la Ley de Bienestar Animal, que busca erradicar la venta de perros, gatos y hurones en todo tipo de establecimientos. El incumplimiento de la norma conlleva a una multa de entre 50.000 euros (233 millones de pesos colombianos) y 200.000 euros (933 millones de pesos).

Aunque la norma debió entrar en vigencia el año pasado, los establecimientos tenían un plazo de 12 meses para dejar la actividad comercial, tiempo que se cumplió el pasado 29 de noviembre. 

En ese sentido, a partir de la fecha todos los comerciantes de mascotas deberán dejar de vender perros, gatos y hurones. La norma establece que solo personas criadoras debidamente registradas estarán facultadas para vender mascotas en España.

La actividad comercial deberá hacerse mediante un contrato escrito de compraventa. Los animales deberán ser entregados en buen estado sanitario y con los tratamientos obligatorios por edad y especie. La venta deberá ser informada ante Registro de Animales de Compañía en el plazo de tres días hábiles posteriores. 

En la normativa se estipula además la prohibición de la exhibición y exposición al público de animales de compañía. Además, deberán tener dos meses o más para ser alejados de su núcleo zoológico; es decir, de su madre.

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