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Por: Juan Carlos García Sierra • Colombia.com

Ordenan multa y cárcel para alcalde Cartagena William Dau en caso de tutela de un concejal

William Dau, alcalde de Cartagena, es considerado un dirigente polémico y 'sin pelos en la lengua'. Foto: Youtube

El Juzgado Quinto de Pequeñas Causas Laborales ordenó medida restrictiva del derecho personal  en contra de William Dau por video en el que el mandatario irrespeta a un concejal de la heroica.

William Dau, alcalde la ciudad de Cartagena, capital del departamento de Bolívar, se encuentra en los actuales momentos en el ojo del huracán político nacional debido a que un juez ordenó una medida restrictiva en su contra luego de una acción de tutela interpuesta por el concejal de la ciudad Javier Julio Bejarano.

El Juzgado Quinto de Pequeñas Causas Laborales ordenó medida restrictiva del derecho personal  en contra de William Dau por una acción de tutela interpuesta por Javier Julio Bejarano, quien ha afirmado que en diferentes ocasiones ha recibido amenazas en contra de su vida e integridad personal, denuncias que para el alcalde son “falsas, que no existen y que son puro invento”.

Javier Julio Bejarano interpuso una acción de tutela por una afectación en contra de su buen nombre porque el alcalde William Dau lo llamó “viejita chismosa” en un video publicado el 31 de agosto de 2022.

A pesar de que al alcalde Dau se le exigió retractarse de lo dicho, y así lo hizo, esta retractación no logró satisfacer al concejal Bejarano, por lo que el Juzgado Quinto de Pequeñas Causas Laborales emitió un oficio en el que ordena al alcalde pagar una pena de cinco días de cárcel y una pena de multa de cinco salarios mínimos legales mensuales vigentes por “incurrir en desacato a lo ordenado en el fallo emitido por el Juzgado Tercero Laboral del Circuito de Cartagena”.

“Lo dicho por el alcalde Dau Chamat en el video es supremamente peligroso porque al descalificar las denuncias por las amenazas que ha recibido el actor, aumenta el riesgo al que pueda estar sometida su integridad y la de su familia. Incluso, el alcalde con sus afirmaciones injuriosas y calumniosas en su contra está insinuando que el actor está incurso en una presunta conducta delictiva denominada falsa denuncia”, indica el fallo.

En el oficio que “la medida restrictiva del derecho de libertad personal debe ejecutarse inmediatamente el superior funcional resuelva el grado de jurisdicción de consulta, para lo cual se comunicará de esta orden al Comando de Policía de Cartagena, para que a través del señor coronel comandante de dicha unidad, se haga posible su realización”.

La acción de tutela resuelve que “Dentro de las veinticuatro horas siguientes a ser notificado (24), el alcalde de Cartagena debía rectificar las afirmaciones realizadas sobre la persona y las denuncias radicadas por Javier Julio: y que “Dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes a ser notificada, la Alcaldía de Cartagena debía difundir la rectificación y eliminar de sus redes personales e institucionales los videos publicados los días 3 de junio y del 14 de julio de 2022, los cuales hacen relación a Julio Bejerano”.

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