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Por: Karen Benavides • Colombia.com

Proyecto de ley de desconexión laboral pasa a sanción presidencial

Desconexión laboral fue aprobada por el Congreso y pasa a sanción presidencial. Foto: Shutterstock

En el Senado de la República fue aprobado el proyecto de ley que establece la desconexión laboral, con el texto que venía de la Cámara, y pasará a sanción presidencial.

La conciliación del proyecto que establece la desconexión laboral, para respetar el límite de la jornada laboral diaria, fue aprobada por el Senado de la República con el texto que venía de la Cámara, tras dar solución a algunas dudas que habían surgido sobre este tema, en lo que tiene que ver con el teletrabajo y el trabajo en casa. Ahora, pasará a sanción presidencial para convertirse en ley.

La iniciativa, de la autoría del representante a la Cámara, Rodrigo Rojas, pretende garantizar el derecho a descansar de los empleados colombianos que deben desempeñar sus labores en la modalidad de teletrabajo; con esto, los trabajadores podrán rechazar llamadas, mensajes, correos electrónicos o cualquier otro tipo de comunicación que sea enviada fuera del horario laboral, sin llegar a tener represalias por hacerlo, como despidos, memorandos o sobrecarga de trabajo.

Y es que, basándose en la necesidad de velar por la salud mental y física de los colombianos, tras la firma del presidente de la república, Iván Duque, siendo este el único paso faltante, los empleadores tendrán la obligación de respetar el tiempo de sus colaboradores y dar instrucciones solo mientras se encuentren en su jornada laboral.

“Todo esos aportes en materia de laboral da garantías a los trabajadores y la posibilidad de complementar la vida laboral con la familiar”, dijo el senador Carlos Fernando Motoa, tras anunciar la aprobación en el Congreso de la República.

Este derecho a la desconexión laboral, además, establece la responsabilidad de las compañías de garantizar que sus trabajadores disfruten plenamente del tiempo que tienen de descanso, de sus vacaciones, de las licencias, de los permisos que le son otorgados, y de su vida personal y familiar, para que haya un correcto equilibrio con el ámbito profesional.

Pero, ¿qué pasa si una empresa no acata las ordenes de dicha ley? Ante el desacato de los empleadores, este tipo de conductas serían consideradas “acoso laboral”, por lo que responderían a las sanciones propias de dichas situaciones, siempre y cuando sea un caso persistente y demostrable.

Vale la pena mencionar que la ley contempla algunos casos en los que no podrá ser aplicada, como lo son los trabajadores y servidores públicos que ocupen cargos de dirección, confianza y manejo; también aquellos que por la naturaleza de sus labores deben tener disponibilidad permanente, como la fuerza pública y los organismos de socorro.

Asimismo, se consideran excepciones aquellas situaciones de fuerza mayor o caso fortuito, en los que se requieran deberes extra de colaboración con la compañía, si se trata de algo necesario para la continuidad del servicio o por ser una situación difícil o de urgencia, siempre y cuando esté comprobado que no hay otra alternativa.

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