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Por: Yuly Solis • Colombia.com

Imponen nuevas reglas para que un menor pueda viajar en carretera sin un acudiente

Nuevas reglas para que un menor pueda viajar en carretera sin un acudiente. Foto: Shutterstock Nuevas reglas para que un menor pueda viajar en carretera sin un acudiente. Foto: Shutterstock
Nuevas reglas para que un menor pueda viajar en carretera sin un acudiente. Foto: Shutterstock

Conoce las nuevas medidas para viajar con menores desde cualquier terminal de transportes del país.

La Superintendencia de Transporte dio a conocer las nuevas directrices que empezaran a regir desde este miércoles, 2 de octubre, para que los menores de edad puedan viajar vía terrestre sin la compañía de uno de sus acudientes.

De acuerdo a lo estipulado por Nancy Mesa, la superintendente delegada para la Protección a Usuarios de Transporte, con el objetivo de brindar una mayor protección a los menores que deben viajar por el país sin acompañante, ahora sus padres o tutores deberán presentar un permiso firmado ante la empresa de transporte.

“Para la protección de los niños, niñas y adolescentes, este acto administrativo es muy especial porque su finalidad es erradicar el turismo sexual con ellos”, manifestó Nancy Mesa.

Política de transporte para menores de edad

Autorización y Documentación:

Los niños, niñas y adolescentes de 12 años o más podrán viajar sin padre, madre o tutor legal, si se cumplen los siguientes requisitos:

• El padre, madre o tutor legal deberá diligenciar la autorización de viaje a menores de edad (GL-RG-17) disponible en las taquillas y agencias comerciales de la empresa de transporte.

• El formato debe estar completamente diligenciado.

• Padre, madre o tutor legal deberá suministrar nombre y contacto de la persona responsable de recibir al menor.

• Tanto el menor como el padre, madre o tutor legal responsable deberán presentar y anexar copia de los documentos de identidad para confirmar los datos consignados la autorización de viaje a menores de edad (GL-RG-17).

Documentos de identidad válidos:

  • Menores: Tarjeta de identidad o pasaporte.
  • Padre, madre o tutor legal que autoriza: Cédula de ciudadanía, cédula de extranjería, pasaporte, permiso especial de permanencia.

El tiquete será expedido a nombre del menor, previa autorización firmada por el padre, madre o tutor legal.

Proceso de Embarque:

El menor debe ser acompañado por su padre, madre o tutor legal hasta el punto de embarque y ser entregado al personal de la empresa.

Restricciones de Viaje:

Los menores de edad solo podrán viajar de terminal a terminal o de agencia a agencia. No está permitido abordar ni descender en puntos intermedios o sobre la vía.

Si la persona autorizada no está presente en el punto de destino y, tras intentar comunicarse, no se presenta ninguna persona autorizada o no se logra establecer contacto con ella, la empresa se comunicará con las líneas de atención de la Policía de infancia y adolescencia.

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