Aprobada la Mesada 14 para los veteranos de la Fuerza Pública ¿Cuáles son los requisitos para el pago adicional?
Los veteranos de la Fuerza Pública volverían a recibir 14 mesadas al año.
La plenaria de la Cámara de Representantes también aprobó este martes, 4 de junio, aprobó el proyecto que establece la mesada 14 para los veteranos de las Fuerzas Militares y de Policía, con 99 votos por el Sí y 0 por el No.
Desde la bancada de gobierno algunos expresaron su satisfacción, como el representante Pedro Suárez Vacca, quien destacó que esta iniciativa fortalece la relación entre el Ejecutivo y las Fuerzas Militares, "nuestros veteranos merecen que esta mesada regrese", dijo.
El Gobierno Petro busca revivir la Mesada 14: ¿Qué implicaciones tendría para los pensionados?
Se trata de un pago anual otorgado a los pensionados de la Fuerza Pública, bien sea por jubilación, invalidez, vejez, sobrevivientes y sus beneficiarios legales en caso de fallecimiento.
Así mismo, la reforma constitucional establece el personal civil y no uniformado del Ministerio de Defensa Nacional y la Policía Nacional, pensionado en virtud del régimen especial y exceptuado del Sistema General de Pensiones, puede acceder a la Mesada 14.
¿Qué es la Mesada 14?
Creada en 1993 por el artículo 142 de la Ley 100, la mesada 14 fue un proyecto pensado para pensionados que no excedieran los 15 salarios mínimos mensuales, pero fue eliminada.
La mesada 14, como su nombre lo indica, es una mesada pensional adicional que recibían los pensionados del país. Es decir: el año tiene 12 meses, así que el pensionado debería recibir 12 mesadas anuales, pero la ley primero dispuso que fueran 14.
Cabe recordar que, en 2005 el gobierno de Álvaro Uribe Vélez eliminó este proyecto, bajo el argumento de mantener la sostenibilidad del sistema pensional.
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¿Quiénes reciben la Mesada 14?
- Personas que se pensionaron antes del 29 de julio de 2005 y cuya mesada no supera los 15 salarios mínimos legales mensuales vigentes.
- Personas que se pensionaron entre el 29 de julio de 2005 y el 31 de julio de 2011 y cuya mesada no supera los 3 salarios mínimos legales mensuales vigentes.
Cabe resaltar que, toda pensión aprobada después del 31 de julio de 2011 no tiene derecho a la Mesada 14.